Afiliaciones

Información relacionada con afiliaciones y afiliados

Apreciado usuario, nos permitimos presentarle toda la información relacionada con: afiliaciones, cotizantes y beneficiarios de la Unidad de Salud de la Universidad del Cauca.

¿Cómo afiliarse a la Unidad de Salud?

Las solicitudes y el trámite para la afiliación a la Unidad de Salud de la Universidad del Cauca, se realizan en la oficina de atención al usuario.

Pasos a seguir:

1
Información y formularios

Solicitar información y reclamar el formulario único de afiliación, en la oficina de atención al usuario (trabajo social) de la Unidad de Salud.

2
Documentos 

Presentar los documentos requeridos para completar la afiliación a nuestros servicios de salud.

Documentos necesarios para afiliación a la Unidad de Salud de los funcionarios universitarios (cotizante):

  • Dos (2) fotografías (tamaño carnet).
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Fotocopia de la historia clínica de la EPS anterior.
  • Formulario de afiliación  diligenciado con copia.
  • Diligenciamiento  Declaración  estado  de Salud.
NOTA:
  • Para traslado de E.P.S, SE REQUIERE NO TENER TRATAMIENTOS PENDIENTES.
  • Para conservar la antigüedad en el sistema de seguridad social debe haber cotizado como mínimo 12 meses a una E.P.S.

 

Documentos necesarios para Afiliacion a la Unidad de salud de los beneficiarios:

Hijos:
  • Registro civil de nacimiento para comprobar parentesco.
  • Dos (2) fotografías (tamaño carnet).
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Fotocopia de la historia clínica de la EPS anterior.
Cónyuges :
  • Registro civil de matrimonio.
  • Dos (2) fotografías (tamaño carnet).
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Fotocopia de la historia clínica de la EPS anterior.
  • Si se afilia esposo(a) (que no tenga vinculacion laboral se debe adjuntar Registro civil de matrimonio o declaración extrajuicio de dos testigos en la que consta, nombres y apellidos de la pareja y el tiempo de convivencia (no menor a 2 años).
Compañera:
  • Declaración extrajudicial de dos testigos, presentada ante juez o notario, donde se certifique convivencia. En ella deben constar nombres y apellidos de la pareja y el tiempo de convivencia, que en ningún caso podrá ser inferior a dos (2) años al momento de su inscripción.
  • Dos (2) fotografías (tamaño carnet).
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Fotocopia de la historia clínica de la EPS anterior.
Padres:
  • Registro civil de nacimiento de afiliado.
  • Certificado de dependencia económica.
  • Dos (2) fotografías (tamaño carnet).
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Fotocopia de la historia clínica de la EPS anterior.
Hijos Mayores:
  • El consejo de la Unidad de Salud mediante Acuerdo No. 02 de 2014, (que modifica el Acuerdo 02 del 21 de Octubre de 2009) dice:
  • ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar la afiliación de los hijos de los cotizantes, cuya edad esté entre los 25 y 30 años, con título universitario, solteros, que NO tengan un vínculo laboral y dependan económicamente del afiliado cotizante.
  • ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar la afiliación a los hijos de los cotizantes, cuya edad esté entre 18 y 25 años, que NO estén estudiando, solteros, que NO tengan un vínculo laboral y dependan económicamente del afiliado cotizante.
  • ARTÍCULO CUARTO: El afiliado cotizante pagará un valor adicional por cada uno de los cotizantes dependientes, equivalente al valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) adicional, fijado por el Sistema General de Seguridad Social en Salud para cada vigencia.
  • Los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años deberán renovar el carné cada 6 meses, anexando el certificado de estudios actualizado.

Preguntas Frecuentes

Pueden ser afiliados a la entidad los miembros del personal docente, los empleados y trabajadores, los pensionados de la Unviersidad del Cauca, los pensionados por el Sistema General de Pensiones que cumplan con los requisitos de la Ley 1443 de 2011.

No se permite las afiliaciones simultáneas a otras entidades de salud.

Perderán la antigüedad en el sistema de seguridad social en salud, tanto el afiliado cotizante, como el beneficiario. Adicionalmente estas personas deberán cubrir los gastos en que haya incurrido la Unidad de Salud por los servicios prestados.

Pueden ser beneficiarios:

  • Hijos de 0 a 18 años cumplidos.
  • Hijos de 18 años + 1 día presentando cerfificado de estudios.
  • Hijos de  25 a 30 años como beneficiarios adicionales (solteros que dependan economicamente del afiliado cotizante).
  • Conyugue (si NO tiene relación laboral).

MECANISMO ADMINISTRATIVO AUTORIZACION EVENTOS COMPLEMENTARIOS

El sistema de salud colombiano (Ley 100 de 1993, Art 279) definió a las universidades públicas como regímenes especiales o de excepción, lo anterior dado que estos se regían por las normas legales concebidas antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993. Por lo anterior no es posible definir que todas las normas que se han establecido para el régimen contributivo apliquen para el régimen especial. Por lo tanto se hace necesario que se establezcan políticas claras al interior de la Unidad de Salud en relación a un plan de beneficios, tecnologías de exclusión en dicho plan y los criterios y alcance que le aplican al plan complementario definido para los usuarios.

La universidad se acogió a la ley 647 de 2001 la cual da pie a que se organice su propio Sistema de Seguridad Social en Salud. Por lo tanto es importante aclarar que nuestra Unidad de Salud tiene en cuenta los contenidos esenciales previstos en el Capítulo III de la Ley 100 de 1993. Esto nos permite satisfacer las necesidades en salud de los afiliados garantizando los principios rectores de calidad en la atención en salud sin menoscabar su integridad física o mental. Dado que El plan de servicios y beneficios que directa o indirectamente presta la Unidad de Salud en ningún caso podrá ser inferior al estipulado en el Capítulo III de la Ley 100 de 1993 (Acuerdo 10/2001) se tiene adicional un plan complementario el cual contempla aquellos servicios destinados a cubrir un conjunto de actividades, procedimientos o intervenciones que no están incluidos en el plan obligatorio de salud, POS (actual Plan de Beneficios), o que se ofrecen en condiciones diferentes o adicionales de hotelería, comodidad, tecnología o cualquier otra característica de atención. Este plan incluye entre otros:

1. Suministro en presentación comercial de algunos medicamentos contenidos en el Plan obligatorio de salud.
2. Suministro de Medicamentos NO incluidos en el plan obligatorio de salud, los cuales conforman el Vademécum institucional  y se despachan en la presentación negociada bien sea en denominación común internacional o nombre comercial.
3. Servicio de odontología especializada en Periodoncia.
4. Servicio de endodoncia obturación de grandes cavidades.
5. Suministro de placa miorelajante.
6. Auxilio para lentes y montura cada año al cotizante.
7. Psicoterapia prolongada.
8. Pago de copagos diferido mediante autorización de descuento por nómina.
9. Suministro de prótesis dental al afiliado edéntulos sin limitarlo al ingreso base de cotización.
10. Suministro de vacuna contra neumococo al afiliado mayor de 80 años.
Para aquellas actividades, procedimientos e intervenciones que no están contempladas para el resto de los usuarios se tienen en cuenta los siguientes principios rectores:

• La prescripción de tecnologías, servicios, procedimientos o medicamentos no incluidos en Plan de Beneficios, sólo podrán autorizarse cuando exista un riesgo inminente para la vida y la salud del paciente, lo cual debe ser demostrable y constar en la historia clínica respectiva.

• La prescripción de estas tecnologías, servicios, procedimientos o medicamentos será consecuencia de haber utilizado y agotado las posibilidades terapéuticas del Plan de Beneficios con sus respectivos anexos complementarios, sin obtener respuesta clínica y/o paraclínica satisfactoria en el término previsto de sus indicaciones, o por que existan indicaciones expresas. De lo anterior deberán dejar constancia en la historia clínica.

• Solo podrán prescribirse tecnologías, servicios, procedimientos o medicamentos que se encuentren debidamente autorizados para su prestación, comercialización y expendio en el país. Para el caso de los medicamentos la prescripción deberá coincidir con los medicamentos que en principio la entidad está obligada a suministrar, los cuales son señalados en la Resolucion 5269 de 2017 (Anexo 1 "Listado de Medicamentos del Plan de Beneficios en Salud) pero se pueden formular otros no incluidos en dicho acuerdo siempre y cuando sean necesarios para garantizar el derecho a la vida y a la salud del paciente.
Adicional a los principios relacionados anteriormente para las Exclusiones del Plan de Beneficios se tiene en cuenta que los recursos asignados a la salud no podrán destinarse a financiar servicios y tecnologías en los que se advierta alguno de los siguientes criterios:

• Todas aquellas actividades, procedimientos, intervenciones, tecnologías, servicios no habilitados en el sistema de salud, experimentales (que no exista evidencia científica sobre su seguridad, eficacia y efectividad clínica) o no certificados por el INVIMA o la respectiva autoridad competente.

• La internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros, cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, así sean prescritas por el médico tratante y guías de atención integral que no tengan por objeto contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad y aquellos servicios que tengan que ser prestados en el exterior.
• Aquellos servicios que sean considerados como cosméticos, estéticos o suntuarios, o complicaciones derivadas de estos y los demás establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social o quien haga sus veces.

• Transporte terrestre o aéreo que no sea prescrito por el médico tratante y servicios que tengan que ser prestados en el exterior.

• Tecnologías cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad.

• Tecnologías de carácter educativo, instructivo o de capacitación, que no corresponden al ámbito de la salud, aunque sean realizadas por personal del área de la salud.

• Servicios no habilitados en el sistema de salud, así como la internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros.

• Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, así sean prescritas por el médico tratante.

• Servicios y tecnologías en salud conexos, así como las complicaciones que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan los criterios de no financiación con recursos del sistema de la Unidad de Salud.

• Para aquellas actividades de beneficios a cargo de otras fuentes de financiación cuando el prestador del servicio identifique casos de cobertura parcial o total, por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Laboral, Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, Plan de Salud de Intervenciones Colectivas y en general, con los contenidos de cobertura de riesgos a cargo de otras fuentes de financiación, la tecnología en salud deberá ser asumida por dichas fuentes de financiación de conformidad con la normatividad vigente.

Ver Flujograma autorización Actividades, Procedimientos e Intervenciones

Consulta de afiliados

En esta sección puede consultar la información de los afiliados en la Unidad de Salud de la Universidad del  Cauca.

Es importante que tenga en cuenta la homologación de los niveles salariales de la Unidad de Salud con los niveles de norma.

 

NIVELES NORMA

NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 2 NIVEL 3

NIVELES UNIDAD DE SALUD

NIVEL 1

NIVEL 2A

NIVEL 2B

NIVEL 3

 

 

Certificación de Afiliación

 

Los afiliados a la Unidad de Salud pueden bajar el Certificado de Afiliación, siguiendo el siguiente instructivo:  Descarga de Certificados

Solicitud de afiliación

Apreciado usuario, por medio de nuestro portal Web, podrá adelantar el proceso de afiliación a la unidad de salud, envíenos una solicitud y nos pondremos en contacto con usted para acordar una cita y determinar los tramites de afiliación a la Unidad de Salud de la Universidad del Cauca.

Calendario de Registro de Novedades en ADRES

En esta sección encuentra  el Calendario proporcionado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social  En Salud - ADRES, para el registro de novedades de afiliación.

Ver Calendario

Derechos y Deberes de los Afiliados

Derechos de los Afiliados

En esta sección encuentra la Carta de Derechos de los Afiliados a la Unidad de Salud de la Universidad del Cauca, establecidos en la Resolución número 3 de Abril 28 de 2010.

Deberes y Obligaciones de los Afiliados

En esta sección encuentra la Carta de deberes y obligaciones de los afiliados a la Unidad de Salud de la Universidad del Cauca, establecidos en la Resolución número 3 de Abril 28 de 2010.